¿Cuáles son los Derechos del Trabajador en Argentina?

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Derechos del Trabajador:

Jornada Laboral

La duración del trabajo no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, para toda persona ocupada por cuenta ajena en explotaciones públicas o privadas, aunque no persigan fines de lucro. La limitación establecida por la ley es máxima y no impide una duración menor del trabajo para las explotaciones señaladas. Existen excepciones por horarios, edades, regiones, industrias, etc. Todo lo referente al tema puede consultarse en el texto actualizado de la Ley Nº11.544 en Información Legislativa (InfoLEG).

Aguinaldo

Todos los trabajadores deben recibir un sueldo anual complementario (aguinaldo), equivalente al mejor salario percibido en el último semestre y su modo de cálculo varía de acuerdo con cada convenio colectivo de trabajo. Este pago se efectúa en dos cuotas que se abonan junto con los sueldos de junio y de diciembre de cada año, respectivamente.

Licencia por Maternidad

Queda prohibido el trabajo del personal femenino durante los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco (45) días después del mismo. Sin embargo, la interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a treinta (30) días; el resto del período total de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto. En caso de nacimiento pre–término se acumulará al descanso posterior todo el lapso de licencia que no se hubiere gozado antes del parto, de modo de completar los noventa (90) días. Toda mujer tiene garantizado el derecho a la estabilidad en el empleo durante la gestación. Las madres pueden solicitar una extensión de la licencia (hasta un año) sin goce de sueldo. Durante el período de lactancia (no podrá ser superior a un año posterior a la fecha del nacimiento) la madre tiene derecho a dos pausas diarias, de treinta minutos cada una, para amamantar al niño.

Enfermedad

Cada accidente o enfermedad inculpable que impida la prestación del servicio no afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración durante un período de tres (3) meses, si su antigüedad en el servicio fuere menor de cinco (5) años, y de seis (6) meses si fuera mayor. En los casos que el trabajador tuviera carga de familia y, por las mismas circunstancias, se encontrara impedido de concurrir al trabajo, los períodos durante los cuales tendrá derecho a percibir su remuneración se extenderán a seis (6) y doce (12) meses respectivamente, según si su antigüedad fuese inferior o superior a cinco (5) años. Ley de Contrato de Trabajo, Capítulo I, artículo 208

Vacaciones

La cantidad de días de descanso dependerán de la antigüedad de los trabajadores en el empleo: • Menor de 5 años: 14 días corridos. • Mayor a 5 años y menor de 10 años: 21 días corridos. • Mayor a 10 años y menor de 20 años: 28 días corridos. • Mayor a 20 años: 35 días corridos. El trabajador deberá haber prestado servicios, como mínimo, durante la mitad de los días hábiles en el año calendario. Si no llegase a completar el tiempo mínimo, gozará de un período de descanso que se computará de la siguiente forma: 1 día de descanso por cada 20 días de trabajo. El empleador deberá conceder las vacaciones entre el 1º de Octubre y el 30 de Abril del año siguiente. A un período de vacaciones se le puede acumular la tercera parte del período inmediatamente anterior que no se hubiere gozado. Esta circunstancia debe estar acordada por las partes.

Accidentes y Enfermedades Profesionales

Existen compensaciones destinadas a cubrir contingencias en casos de lesión o enfermedad ocasionada por la ejecución del empleo. Estos beneficios también incluyen pensiones por invalidez o muerte. Las compañías deben hacerse cargo del tratamiento médico y las drogas necesarias para la rehabilitación. Para cubrir este tipo de indemnizaciones los empleadores están obligados a contratar Aseguradoras de Riesgos de Trabajo. Riesgos de Trabajo El empleador está obligado por Ley a contratar una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o a autoasegurarse para cubrir a todos sus empleados en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Infórmese sobre los derechos del trabajador y las obligaciones del empleador y las aseguradoras en la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT).

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52 Comentarios en “¿Cuáles son los Derechos del Trabajador en Argentina?
  1. natalia dice:

    los franco de cada empleado pueden ser corridos a critero del empleador . o cambiados por otros dias de la semana que te toca

  2. natalia dice:

    los dias feriados son dias descontados en mi caso los feriados no los pagan – tengo entendia que dia de feriado es paga doble . pero en mi caso no los abonan

  3. melodi dice:

    no entiendooo nada me voy a sacar un 1 sobre los derechos del trabajodor eesto no sirve NADAA

  4. bianca dice:

    porque es importante que se respeten los derechos de los trabajadores?

  5. agustina dice:

    bla bla bla bla soy una diosa

  6. ivan dice:

    no entiendo nada sobre sobre los derechos del trabajador..que mal..

  7. ivan dice:

    puse dos veces sobre..jaja que mal..

  8. griselda dice:

    los derechos del trabajador son muy importantes ya q sin ellos puedes recibir el abuso y la explotación de quienes te contraten, y deberian saberlo porque su ignorancia no sera justificada eso deben saberlo agan valer todos sus derechos y traten de informanse de lo que pasa dia a dia y sabran lo importante q es conocer sobre sus derechos!

  9. Matias dice:

    hola los derechos son muy buenos xD

  10. pascual dice:

    hola.Yotrabajo en el taller de textil y el sueldo de pago me dijo en quincenal pero hasta ahora no recebi ni un peso ya voy a un mes y una semana, ahora me dijo cuando tenga plata te pago, es que yo nesito plata para pagar de alquiler y par otras cosas. Que puedo hacer para cobrarme. gracias

  11. diego dice:

    pascual tenes que denunciarlo ante un departamento del trabajo si no te paga, no tengas miedo,de quedarte sin trabajo. Dios te va a proveer trabajo.

  12. Mia dice:

    sisi , pascual, no tengas mmiedo , acordate q Dios es el que lo deside todooh

  13. juan david dice:

    Hola me llamo juan david y soy de Choele Choel Rio Negro, yo les quiero comentar acerca de una critica cituacion que estan atrabesando unos trabajadores de una empresa privada, dicha empresa se dedica a aser el mantenimiento del hospital zonal de Choele Choel, ellos asen la limpieza,y otros trabajos mas,la empresa les deve alos trabadores como 3 meses de sueldo, y ase como 10 años que no les aportan ala caja de jubilacion es desir al anses. Y estos delincuentes los propietarios de dicha empresa continuamente los amenasan con hechar alos trabajadores porque ellos estan haciendo en estas ultimas semanas retencion de servicios, yo les escrivo para que los que estan leyendo estas lineas se enteren lo que esta pasando aca en esta ciudad, la empresa se llama BETANIA MUSEBAN.

  14. andrea dice:

    necesitaría saber cuales son mis derechos con respecto a si decido estudia alguna carrera terciaria, mas que nada si tengo que cursar los sábados también???

  15. florencia heredia dice:

    son tos unos gil los q trabajan¡¡¡¡¡guachi aguante el eskavio¡¡

  16. sofia dice:

    esto es verdad no sirve para nada me voy a sacar un 1

  17. sofia dice:

    me equivoque me sirve ya lo entendi

  18. no quiero decir dice:

    pero tengo q buscar esto para el cole y no encuentrooo sean mas espesificos

  19. no quiero decir dice:

    sisi es sierto sofia yo tambien me voy a sacar 1 :S

  20. ivan dice:

    sisi es cierto yo tambien me voy a sacar 1 :S

  21. belen dice:

    a mi mi patrona me respeta un monto
    la re quiero
    chau
    ¡besos!

  22. GUACHOSSSSSSSSSS AGUANTE EL SCABIO COMO DICE FLORENCIA SON UNOS FORRO PONGAN LOS DERECHOS HDP ME VOY A SACAR UN 0 YOOO LA RE CONCHA DE SUS MADRE PONAN LOS DERECHOS PUTOS DE MIERDA

  23. Korbatta dice:

    Che, “no quiero matar” sabes que? tenes razon! estoy cansado de trabajar, porque trabajo, me compro lo que quiero y vos y tu tipo de sub-gente nos terminan robando lo que nosotros nos ganamos honestamente. No pagan cable, luz, gas, no pagan una mierda, viven de arriba y encima se quejan. Si yo fuera el presidente, haría un coliseo lleno de perros y los voy tirando de a uno para diversión del público. Ojalá algún dia entiendas de honestidad y trabajo honrado, pero lo dudo mucho. Seguí puteando a la gente que asi vas a recibir la atencion que nunca te dieron tus padres, ignorante. Saludos!

  24. Alejandro dice:

    Korbatta no puedo estar mas de acuerdo con vos! esta “gente” es la que tira para atras el pais. Y lo peor de todo es que la mantenemos nosotros con nuestros impuestos.

  25. pame dice:

    =)esto me sirvio de mucho jjjj =)

  26. mika dice:

    es una mierda todoooooooooooooooooooooooo♥

  27. ez verdad lo que dicen ez importante porque zin ello no arian lo que quizieran rezpetemoz un poco ya zaben

  28. pero apollo a lo demaz ez una mierdaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa.

  29. rober castro dice:

    hola trabajo en una empresa de fumigacion. me estan despidiendo mi salario es de 3000x mes quisiera saver cuanto me corresponde tengo una antiguedad de 2 años gracias
    trabajo en blanco

  30. Diego dice:

    Hola quiero saber algo yo trabaje en una healderia un mes en negro y me despidieron y no me pagaron nada llamo a la esncargada y no me atiende el telefono o cuando voy al local no me quiere atender que hago? con que autoridad tengo que contactarme para que me ayuden? gracias.

  31. pablo dice:

    yo quiero terminar lo que me falta del secundario en un c.e.n.s pero en el trabajo me dijieron q si quiero estudiar que me valla buscando un trabajo nuevo por que no me quieren cambiar de horaio que debo hacer???estan en su derecho ellos?? yo trabajo de 13:00 a 22:00…

  32. zaory san dice:

    los derecho del trabajador son muy importantes . para mi son muy importantes y apoyare a todos los trabajadores

  33. francisco dice:

    q talca tuve q entrar aca por la puta ciensias estoi mui paja

  34. kaky dice:

    todo es una torta con zacate verdad

  35. lauti dice:

    las respuestas son buenisimas

  36. alguien dice:

    em solo entre por una tarea y no esncuentro nada :(

  37. Lu dice:

    Em.. gracias era para una tarea

  38. gabriela dice:

    soy gabriela trabajo en seguridad y no me dan permmiso para el dia de estudio,alguien me podria decir si es cierto que no tengo permiso del dia de examen .

  39. marcos dice:

    Gente me dieron 3 x enfermedad,pero vino el médico laboral y no me encontró! Alguien me puede decir sí me justifican igual los dias? O sí me pueden echar x esto?

  40. victor dice:

    si gabriela vos tenes derecho a estudiar y si tenes examen te deben permitir asistir eso si tenes que presentar el certificado sellado por el establecimiento donde den razon de que te presentaste a rendir a acordate siempre de sacar copia de lo que presenta y archivala para vos

  41. susana dice:

    SE puede estando por art un preocupacional para otra empresa???

  42. aye dice:

    que pasa si el empleado tiene un accidente laboral i no tien ART?

  43. anonimo dice:

    LA EMPRESA JR BOOTS , tiene gente trabajando en negro, no cumple en palabra ,mienten , se esconden , el dueño es de lo peor!usan a la gente , juegan con el trabajo y con la necesidad de las personas!

  44. mariela dice:

    esto no me sirve de nada yo necesito algo bueno no esta porqueria!! :(

  45. norma dice:

    me sirvio de mucho muchas gracias

  46. lola dice:

    esta buenísimo me ayudaron con un trabajo para la uni

  47. olmos adrian dice:

    en 1998, trabajando en una estacion de servicio
    de rosario, me lecione la espalda (pinzamiento entre la 5ta lumbar y 1ra sacra)que tiempo mas tarde se formó una hernia la cual me la tuve que operar. En ningun momento me reconocieron nada, ni por parte de los dueños de la estación, así como tampoco por la art.
    Hace 2 años fui despedido y siguieron rechazando mi caso porque según ellos caduco. Hoy en día me encuentro desocupado porque nadie me quiere tomar por este problema y el anses tampoco me quiere jubilar por invalides porque no reuno el grado de incapasidad requerida

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